Sr. Notario
Deseo comprar un inmueble que se encuentra en Trujillo; ¿El vendedor
y yo debemos viajar hasta esa ciudad, o un notario de Lima puede autorizar la
venta?
Fabiola Saucedo
DNI No. 46942836
Estimada lectora, su pregunta está vinculada al tema de la
competencia notarial, la cual está regulada en el artículo 4 del decreto
legislativo del notariado que a la letra dice: "El ámbito territorial del
ejercicio de la función notarial es provincial, no obstante la localización
distrital que la presente ley determina".
Esta norma nos indica que la oficina del notario, la cual puede ser
sólo una -es decir que no admite sucursales-, se debe localizar en un distrito
en particular; así tendremos que en el caso de Lima provincia existen notarios
cuyas oficinas están ubicadas en distritos como Cieneguilla, Los Olivos, El
Agustino, etc.
Ahora bien, sin perjuicio de dicha localización distrital de sus
oficinas, tales notarios tienen competencia para desenvolverse dentro de toda
la provincia de Lima, lo cual comprende los 43 distritos que la conforman, por
el norte hasta Ancón y por el sur hasta Pucusana; ejemplo de ello es que un
notario de Lurigancho o Miraflores, puede realizar válidamente un trámite de prescripción
adquisitiva de dominio de un inmueble de San Isidro.
Con relación a su pregunta, hay que mencionar que el notario de Lima
sí puede autorizar la escritura de venta del inmueble de Trujillo o de
cualquier parte del Perú, siempre que no ejerza fuera de la provincia de Lima;
en este caso, si ambas partes van a la oficina del notario de Lima, este
ejercerá dentro de su provincia y por tanto adecuadamente.
Finalmente, no olvidar que entre las pocas excepciones que permiten
al notario actuar fuera de su provincia está el caso de los inventarios; puede
revisar el articulo 29 de la Ley 26662.
MARCO A. BECERRA SOSAYA
Notario de Lima
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