jueves, 28 de febrero de 2013

Efectos de la Anotación de la Demanda


Señor notario
Quiero comprar una propiedad pero advierto que la misma tiene una anotación de demanda. ¿Es recomendable comprar de esta manera? ¿Qué riesgos asumo?
Luis Rodriguez
DNI N 42080162

Estimado lector, las anotaciones de demanda son medidas cautelares que tienen por finalidad informar a los terceros de la existencia de un proceso iniciado, publicitándose a través de los registros públicos.
Siendo así, la anotación de demanda no impide la compra y venta de un bien, pero el adquirente de dicho bien estará a las resultas del proceso, lo cual evidentemente podría perjudicarlo.
Debe tener en cuenta que uno de los efectos principales de la anotación de demanda es guardar la prioridad o el rango de su derecho a favor del demandante, en virtud a lo cual, cuando termine el proceso, los efectos de la sentencia se retrotraen a la fecha en que se anotó la demanda. En cuanto a los derechos adquiridos en el registro con posterioridad a la anotación de la demanda, estos se tendrán por ineficaces, es decir que no surtirán efecto, incluso si no hubieran sido considerados en la sentencia para su nulidad. Recomendamos leer la resolución 135-97-ORLC/TR expedida por el Tribunal Registral.
MARCO BECERRA SOSAYA
Notario de Lima

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