martes, 19 de marzo de 2013

¿Dónde obtener copia de la escritura si el notario ya cesó?


Sr. Notario.
Hace varios años mi padre me otorgó, vía anticipo de herencia, la propiedad de la casa en la cual vivo; sin embargo, nunca se inscribió tal acto en los registros públicos y el notario ante el cual se otorgó la escritura pública ya falleció. ¿Qué puedo hacer?
Ivonsiña Dorival C.
DNI N° 43923900
  
Respuesta
Estimada lectora, una vez suscrita la escritura pública por las partes, el acto contenido adquiere un status jurídico importante, pues por un lado, cobra eficacia (si es que no la hubiera tenido aún), y por otra parte es fácil probar su celebración, en razón a un documento seguro y fehaciente como es la escritura pública.
Las escrituras públicas, en tanto se trata de documentos, no caducan; y ordinariamente, los derechos nacidos o transmitidos en ella, tampoco; es decir -a modo de ejemplo-, si usted compra una casa y se firma la escritura por todas las partes y por el notario, su derecho como propietario se mantiene vigente e indefinido en el tiempo. Lo que podrá suceder es que usted venda el bien, en cuyo caso no hablamos de caducidad del derecho, sino de su transmisión. Claro está, lo aconsejable es inscribir la propiedad en los registros públicos, de lo contrario puede sufrir consecuencias negativas.
Ahora bien, las escrituras se mantienen en el archivo del notario donde se han otorgado, hasta que dicho profesional cesa (sea por fallecimiento u otra causa prevista en la ley). Una vez ocurrido el cese del notario, sus archivos pasan a un notario hábil por el plazo de dos años, luego del cual, conforme al artículo 63° del decreto legislativo del notariado, pasarán al Archivo de la Nación o al Archivo Departamental correspondiente.
En suma, una escritura pública firmada por los otorgantes y autorizada por el notario, no tiene plazo de caducidad, y siempre podrá obtener una copia de la misma, sea a través del notario encargado luego del cese, sea a través del Archivo de la Nación o Departamental. Ahora bien, no hay que perder de vista que si el acto contenido en la escritura pública estuviere inscrito en los registros públicos, también podré obtener copia del parte notarial en dicha entidad; tanto en uno como en el otro supuesto, se podrá acreditar la existencia del derecho. 
MARCO A. BECERRA SOSAYA
Notario de Lima

14 comentarios:

  1. La pregunta adicional a la respuesta que ha dado es si es posible aún inscribir ese anticipo de herencia en los registros públicos, a pesar del fallecimiento del que otorgó y del notario, ya que estan la escritura en el Archivo General de la Nación. Mi familiar necesita vender ese departamento y por vivir en el extranjero debe hacer un poder, que sugiere?, las Notarías podría hacerse cargo de los trámites necesarios para ello?

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  2. Ciertamente, a pesar de que ya falleció el anticipante, si se cuenta con la escritura en la cual transfirió su derecho de propiedad, sí procederá la inscripción a favor de su familiar. En este caso podrá obtener sin duda copia de la escritura en el Archivo General de la Nación. Ahora bien, estando su familiar en extranjero, puede otorgar un poder consular para la venta del predio.

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    1. Muchas gracias por la respuesta q ue ahora si pude leerla. Dado que soy cliente de su notaría estaré acercándome para aclarar los temas en cuanto al poder consular.

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    2. Tengo una duda. Yo quiero investigar un documento en una notaria pública saber si esta y en su caso solicitar una copia, esto tiene un costo? Porque la secretaria del notario estaba cobrando 1500 pesos por buscarlo, lo encontrará o no? Es esto correcto?

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  3. Señor Notario
    Mi madre posee un titulo de propiedad del año 1944 de la notaria Manuel Perez Palma del departamento de Ayacucho. La compra lo celebra mi abuelo y mi abuela. Mi abuelo ya esta fallecido pero mi abuela esta viva tiene 95 años. El contrato de compra venta esta hecha con pluma y mi madre quiere recuperar ese terreno. Que tramite debe de realizar para obtener los documentos y para acentar en los registros públicos.

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  4. Estimado Sr. Nieto, en principio, la escritura del año 1944 tiene plena eficacia y validez y por tanto mérito para que se inscriba en los registros públicos la transferencia a favor de sus abuelos; le aconsejó solicitar un parte notarial al archivo departamental donde se guardan los archivos del notario -quien seguramente ya cesó-. Ahora bien, dicha escritura va a ser contrastada con la actual situación jurídica de la partida registral, por lo cual eventualmente puede haber observaciones; si las hubiera y se requiriera una aclaración de la escritura, el caso de complica pues tendrían que intervenir en dicha aclaración los herederos del abuelo ya fallecido y los vendedores o sus representantes o sucesores.
    En este último caso, si no pudieran intervenir estas personas, aconsejo la prescripción adquisitiva de dominio como una solución interesante. Gracias por su consulta.

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  5. Mi padre posee un título de propiedad del año 1945 de la notaria José G. Pareja del departamento de Cusco. Sobre un terreno rural. La compra lo celebra mi abuelo y mi abuela. Los dos fallecidos. El contrato de compra venta tiene muchos errores ortográficos (incluido el apellido de mi abuelo) Donde literalmente dice: venta de tres fracciones de terreno i partes integrantes del fundo Chacacurqui señala además fronteras y límites en términos vagos, ejem: colinda con medio topo de terreno, No indica además registros y/o partidas registrales. Mi padre quiere recuperar ese terreno que hasta ahora está abandonado y eriazo. Que tramite debe realizar para obtener el saneamiento legal y así asentar en los registros públicos?

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  6. estimado doctor acudo a ud en busca de orientacion. soy la menor de 5 herederos de una finca peo la ocicina donde se pacto el documento ya no existe mucho menos el notario llame a la oficina y no supieron darme ninguna informacion esto se hizo elun lugar llamado salado ibague tolima

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  7. Sr. Notario
    En primer lugar gracias x su respuesta:
    Estuvimos haciendo tramites a COFOPRI para obtener el titulo de propiedad de un inmueble (terreno y construcción) donde vivimos mas de 35 años. Este terreno (LOTE 20) fue cedido de palabra x mi difunta abuela a mi padre. Mi abuela vivía en el LOTE 19. Ambos lotes (19 y 20)en la actualidad tienen aprox. 1450 m2. Ambos lotes no tienen título de propiedad y están registrados en la SUNARP con partida INACTIVA a nombre de COFOPRI. A la muerte de mi abuela en 1985 mi tío (hermano de mi padre)(padre ya fallecido)descubre una ESCRITURA PUBLICA DE COMPRA Y VENTA del año 1944(de terreno de 1005 m2)y la presenta a COFOPRI para bloquear los trámites que estábamos haciendo en COFOPRI por decir que el terreno de la ESCRITURA está ubicado entre los lotes 19 y 20 y que pertenecen a una masa hereditaria. AHORA NOS ENCONTRAMOS EN LITIGIO con este tío. En primera instancia (Trujillo) COFOPRI resolvió a nuestro favor y en segunda instancia en Lima, declaró nula lo dicho en 1ra instancia y sub-dividiendo nuestro LOTE 20 en dos partes (LOTE 20 PARA MI MADRE Y LOTE 20A PARA MI ABUELA)Sub-dividiendo a la vez nuestra construcción en dos partes. Ahora nos encontramos en un Proceso contencioso administrativo ante el poder judicial en Lima. El tema gira alrededor de la aparición de esta ESCRITURA que solo dice el Nombre de mi abuela como LAURA PEREZ DE ESCOBAR cuando ella fue LAURA ROSA PÉREZ CARDO pero nunca se caso con mi abuelo ESCOBAR, lo otro es que en esta escritura no dice el N° de LIBRETA ELECTORAL de mi abuela, ni su huella digital, ni su firma. En esta también menciona que le obligan a cumplir todas las gabelas creadas y por crearse como que debe presentar los planos de construcción al Consejo Distrital de Buenos Aires (HOY Municipalidad de Victor Larco en Trujillo)para su aprobación antes de la construcción (dice allí que es un acuerdo y es obligatorio). Actualmente no existe construcción desde el lote 19 al 20 como un solo edificio y en ambos lotes está una construcción diferente hasta en arquitectura y no continuas. ¿esta escritura pude declararse NULA? ya que adicionalmente a,bos LOTES pagan sus servicios de agua, luz y pago de predios al municipio independientemente desde antes de 1980. También en esta ESCRITURA Dice que se compró un terreno de 1005 m2 con medidas de 30 x 33.5m con frontis la Av. LARCO (donde ambos lotes están) pero los demás linderos no se pueden comprobar, además que como sabrá en ese tiempo no se manejaban coordenadas. esta medida de 33.5 metros de frontera actualmente está sobre tres lotes (18, 19 y 20 0 19, 20 y21) y no solo dos lotes (19 y 20) como pretenden que calze. ¿ESTO ES VÁLIDO?..¿se puede declarar NULA esta ESCRITURA?

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  8. Sr. Notario
    En primer lugar gracias x su respuesta:
    Estuvimos haciendo tramites a COFOPRI para obtener el titulo de propiedad de un inmueble (terreno y construcción) donde vivimos mas de 35 años. Este terreno (LOTE 20) fue cedido de palabra x mi difunta abuela a mi padre. Mi abuela vivía en el LOTE 19. Ambos lotes (19 y 20)en la actualidad tienen aprox. 1450 m2. Ambos lotes no tienen título de propiedad y están registrados en la SUNARP con partida INACTIVA a nombre de COFOPRI. A la muerte de mi abuela en 1985 mi tío (hermano de mi padre)(padre ya fallecido)descubre una ESCRITURA PUBLICA DE COMPRA Y VENTA del año 1944(de terreno de 1005 m2)y la presenta a COFOPRI para bloquear los trámites que estábamos haciendo en COFOPRI por decir que el terreno de la ESCRITURA está ubicado entre los lotes 19 y 20 y que pertenecen a una masa hereditaria. AHORA NOS ENCONTRAMOS EN LITIGIO con este tío. En primera instancia (Trujillo) COFOPRI resolvió a nuestro favor y en segunda instancia en Lima, declaró nula lo dicho en 1ra instancia y sub-dividiendo nuestro LOTE 20 en dos partes (LOTE 20 PARA MI MADRE Y LOTE 20A PARA MI ABUELA)Sub-dividiendo a la vez nuestra construcción en dos partes. Ahora nos encontramos en un Proceso contencioso administrativo ante el poder judicial en Lima. El tema gira alrededor de la aparición de esta ESCRITURA que solo dice el Nombre de mi abuela como LAURA PEREZ DE ESCOBAR cuando ella fue LAURA ROSA PÉREZ CARDO pero nunca se caso con mi abuelo ESCOBAR, lo otro es que en esta escritura no dice el N° de LIBRETA ELECTORAL de mi abuela, ni su huella digital, ni su firma. En esta también menciona que le obligan a cumplir todas las gabelas creadas y por crearse como que debe presentar los planos de construcción al Consejo Distrital de Buenos Aires (HOY Municipalidad de Victor Larco en Trujillo)para su aprobación antes de la construcción (dice allí que es un acuerdo y es obligatorio). Actualmente no existe construcción desde el lote 19 al 20 como un solo edificio y en ambos lotes está una construcción diferente hasta en arquitectura y no continuas. ¿esta escritura pude declararse NULA? ya que adicionalmente a,bos LOTES pagan sus servicios de agua, luz y pago de predios al municipio independientemente desde antes de 1980. También en esta ESCRITURA Dice que se compró un terreno de 1005 m2 con medidas de 30 x 33.5m con frontis la Av. LARCO (donde ambos lotes están) pero los demás linderos no se pueden comprobar, además que como sabrá en ese tiempo no se manejaban coordenadas. esta medida de 33.5 metros de frontera actualmente está sobre tres lotes (18, 19 y 20 0 19, 20 y21) y no solo dos lotes (19 y 20) como pretenden que calze. ¿ESTO ES VÁLIDO?..¿se puede declarar NULA esta ESCRITURA?

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  9. Sr. Notario Hola buenas tardes, Soy la señora Lety Alonso mi pregunta es la siguiente. Termine de pagar mi casa pero no recogí las escrituras con el notario. Me dicen que ya se encuentran en el archivo general. Lo que yo quiero saber es que si hay un costo por pedirlas en ese lugar y aproximadamente como cuanto. ya que vivo lejos y no me gustaría tener que regresar nuevamente. Ojala me pudiera apoyar ya que hable al archivo y no quisieron darme esa información. Gracias. Que tenga buena tarde

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  10. Sr. Notario buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: Mis escrituras no las recogí con el notario en donde se encontraban y las mandaron al archivo general en el metro candelaria. Quisiera saber si hay un costo por solicitarlas en ese lugar, ya que hable e ese lugar y no me quisieron dar esa información y es que yo vivo lejos y no me gustaría ir con lo incorrecto y tener que regresar nuevamente. Le agradeceria me pudiera ayudar. Muchas gracias por su atención. Que tenga buena tarde.

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  11. Donde puedo conseguir una copia de aceptación de una herencia .Se ha perdido gracias

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  12. Bueno ante todo buenas tardes mi pdre tiene un terreno el cual cuenta con contrato conpra venta titulo incluido pero no podemos reguistrarlo el problema es q un tio usando q metodos a inscrito parte del terreno aduciendo ser co propietario y a escondidas porq nunca supimos de esto hasta el momento q fuimos a sunar q se puede hacer anular su inscripción no sabemos q medida tomar y q sea lo mas corto pocible

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